
La Fiscalía General del Estado de Chihuahua, a través del Centro de Justicia para las Mujeres (CEJUM), firmó un convenio de colaboración con Cáritas de Chihuahua, con el objetivo de fortalecer la atención integral que se brinda a mujeres usuarias y sus familias.
Mediante esta alianza, ambas instituciones sumarán esfuerzos para acercar talleres, capacitaciones, actividades de orientación y mecanismos de canalización que permitan ampliar las oportunidades de apoyo para mujeres en situación de vulnerabilidad.
Como parte del convenio, el CEJUM brindará apoyo en la canalización de usuarias, así como capacitación en temas de primera atención, tipos y modalidades de violencia y acompañamiento, con el propósito de fortalecer la atención integral y especializada.
Por su parte, Cáritas de Chihuahua brindará apoyo alimentario a mujeres usuarias y sus familias, además de poner a disposición sus espacios y áreas para el desarrollo de actividades de capacitación, fortaleciendo así el acceso a programas y servicios de asistencia social.
Durante el acto protocolario participaron representantes de ambas instituciones, quienes destacaron la importancia de construir redes de colaboración que permitan atender de manera más integral las necesidades de las mujeres y generar mayores oportunidades para su desarrollo y bienestar.
En representación de Cáritas estuvieron presentes el C.P. Eduardo Ramírez Balderrama, Presidente del Patronato y el Ing. Adrián Aguirre Reyna, Director Operativo. Por parte del CEJUM participaron la Lic. Tatiana Carreón Lara, titular de la Dirección General de Coordinación de los Centros de Justicia para las Mujeres del estado de Chihuahua y la Lic. Margarita García Ramírez, Coordinadora General del Centro de Justicia para las Mujeres del municipio de Chihuahua.
Con este convenio, la Fiscalía General del Estado, a través del CEJUM, refrenda su compromiso de impulsar alianzas estratégicas con organizaciones de la sociedad civil para fortalecer las redes de apoyo y contribuir a mejorar las condiciones de vida de las mujeres chihuahuenses y sus familias.


Después de la serie de críticas que ha emitido el presidente municipal con licencia de Ciudad Juárez, Cruz Pérez Cuéllar, hacia la Torre Centinela de la SSPE, resurgió información pública de hace varios años, en donde el mismo ayuntamiento aprobó la donación de predios para la realización de esta obra de seguridad.
Y es que el 22 de junio del 2022 el Cabildo de Ciudad Juárez aprobó la donación de 6 predios para la construcción de esta torre de seguridad, que en conjunto suman 4 mil 450 metros cuadrados, en donde actualmente está esta obra estatal, lo que genera una serie de dudas sobre si realmente el pensamiento del morenista en ese entonces era que la construcción era “un mugrero”, como se ha referido en meses anteriores.
Cabe mencionar que este asunto se agregó de manera urgente durante la sesión ordinaria 19 del Cabildo, por lo que al parecer era apremiante el aprobar dicha donación. Hoy, a unos días de cumplirse 4 años de esa indicación de ayuntamiento, el candidateable a la gubernatura de Chihuahua le llama “mugrero” y quiere convertir la obra de seguridad en una torre departamental, así la incongruencia del morenista…

Estos son los supuestos de injerencia extranjera que propone Morena para anular elecciones en Chihuahua
De acuerdo al Grupo Parlamentario de Morena, se entenderán como actos lesivos para la integridad, independencia, libertad y autenticidad en materia electoral, cuando sean cometidos por estos grupos o entes vinculados a ellos o a intereses extranjeros, entre otros:
I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;
II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;
III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;
IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;
V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.
VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;
III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;
IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;
V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.
VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.
