¿Qué hacer si te incumplen con tu contrato? Profeco te asesora

Al momento de realizar una transacción comercial, la Procuraduría Federaldel Consumidor (Profeco) aconseja leer cuidadosamente el contrato decompra, ya que este contiene los derechos y obligaciones a las que deberánsujetarse tanto la persona consumidora como el proveedor.

En ocasiones se pueden presentar problemas con los proveedores, como el incumplimiento en la fecha de entrega del producto o en la calidad del mismo, o que las cláusulas no sean claras.

Si el proveedor incumple con las fechas y condiciones de entrega señaladas en el contrato de compra, no debe ser una situación tolerable para las personas consumidoras.

La Profeco subraya que la población consumidora tiene derecho a que se respete la fecha y condiciones de entrega establecidas en el contrato de compra, así como a recibir la mercancía de manera completa y en buen estado.

Un ejemplo hipotético: Una persona compra una lavadora con fecha de entrega en 10 días; se la entregan cinco días después de la fecha comprometida y el día que llega a su domicilio, le faltan piezas, reclama y el vendedor le dice que debe dirigirse al proveedor para cambiarla y que eso le generará un cargo adicional para devolverla.

En un caso como este, la persona consumidora podría denunciar al proveedor ante la Profeco por cometer violaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), Normas Oficiales Mexicanas (NOM) y demás disposiciones aplicables.

En cuanto a los cobros extras, la institución recuerda que los proveedores no pueden aplicar métodos o prácticas comerciales que sean coercitivas o desleales, ni cláusulas, condiciones abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos o servicios. Tampoco pueden prestar servicios adicionales a los originalmente contratados, que no hayan sido solicitados o aceptados expresamente por el consumidor, ya sea por escrito o por vía electrónica.

Un contrato es un acuerdo de voluntades que establece los derechos y obligaciones de ambas partes involucradas en una transacción, por lo que es fundamental conocer a detalle las cláusulas que lo componen, ya que protegerán al consumidor en caso de cualquier eventualidad o incumplimiento por parte del proveedor.

Existen servicios que están obligados a cumplir los requisitos que marcan la LFPC y las NOM, mismas que establecen la obligatoriedad de registro de algunos contratos de adhesión ante la Profeco. Si al leer un contrato contiene la leyenda de registro ante la Profeco, la persona consumidora puede tener la seguridad de que están salvaguardados sus derechos.

Además, el contrato debe tener datos sobre lugar y fecha de celebración, objeto, declaraciones de identidad de las partes, cláusulas que deberán ser equivalentes y proporcionales, firmas de las partes, la competencia de la Profeco para resolver controversias, número y fecha de registro.

La Profeco recuerda a la población que es fundamental que conozcan los derechos que los protegen como consumidores y saber cómo hacerlos valer cuando se presentan situaciones de incumplimiento. En caso de presentar una queja contra algún proveedor, Profeco tiene a disposición de las y los consumidores las herramientas de Conciliaexprés, Concilianet y el Teléfono del Consumidor: 55 5568 8722 y 800 468 8722.

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¿Ley mordaza?

En redes sociales hay reacciones sobre la aprobación, en Comisiones del Senado, de la nueva ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión, por lo que será enviada al pleno de este órgano legislativo…

La nueva ley, que fue aprobada en fast track, fue iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum y le concede amplias facultades y poderes a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, de reciente creación en este gobierno y cuyo titular es José Merino.

Así que, esta nueva agencia tendrá las facultades para autorizar y quitar concesiones, lo que hacía el IFT, así como supervisar contenidos en estaciones de radio y televisión, en redes sociales, incluso, hasta de bloquear las plataformas digitales, así como también limitar publicidad y controlar narrativas.

Con lo anterior, a decir del analista Juan Ortiz, lo que realmente avanza es una agenda de control sobre la libertad de expresión y la competencia en el sector.

Sobre esta iniciativa de ley, voces desde la oposición del Senado consideran que es inconstitucional y violatoria de acuerdos internacionales. Por lo pronto se informa que viola el Tratado Comercial entre México, Estados Unidos y Canadá.

Así, de esta manera,  el control del Estado en los medios, se va consolidando en una ley mordaza, según los comentarios.


Llaman a celebrar funeral diocesano del papa Francisco en Catedral

Con motivo del fallecimiento del papa Francisco el pasado lunes, el arzobispo Constancio Miranda Weckmann, a través de las orientaciones litúrgicas recibidas por parte de la Conferencia del Episcopado Mexicano, convoca a todos los sacerdotes a celebrar el funeral diocesano del Santo Padre en Catedral, este próximo 29 de abril, a las 12:00 horas, exhortándolos a hacer lo mismo, según la hora y el día que dispongan, en su comunidad parroquial.

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