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Insuficiencia venosa crónica: ¿qué es la enfermedad que tiene Trump?

z7pmKyCLa tarde de este jueves, Karoline Leavitt, portavoz de la Casa Blanca, hizo pública una nota por parte de la unidad médica presidencial estadounidense informando que las marcas en las manos y la notoria hinchazón de pies de Donald Trump se deben a que el mandatario padece de insuficiencia venosa crónica.

Después de que ha sido develado el origen de esas marcas, cabe preguntarse: ¿qué es esta enfermedad y cómo afecta al presidente de EE.UU.?z7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyC¿Qué es la insuficiencia venosa crónica?z7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCLa insuficiencia venosa crónica está relacionada a la circulación de sangre en el cuerpo. En un caso normal y sano, nuestras venas mantienen un flujo de sangre completo hacia el corazón, sin atascos ni acumulaciones.z7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCCuando se presenta una insuficiencia venosa, las paredes de las venas se debilitan y las válvulas que permiten el flujo de la sangre se dañan. Esto hace que la circulación no sea continua y que las venas comiencen a atascarse, llenándose de sangre, sobre todo cuando se está de pie.z7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCMedlinePlus, sitio de información médica aprobado por el Gobierno de EE.UU., define a la insuficiencia venosa crónica como "una afección prolongada. Se debe muy comúnmente al mal funcionamiento (incompetencia) de las válvulas en las venas. También puede ocurrir como resultado de un antiguo coágulo de sangre en las piernas".z7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyC¿Qué síntomas tiene?z7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCLos síntomas que habitualmente se adjudican a esta enfermedad son:z7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCDolor intenso con pesadez o calambres en las piernasz7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCPicazón y hormigueoz7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCDolor que empeora al pararsez7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCDolor que mejora al levantar las piernasz7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCHinchazón de las piernasz7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCPiel irritada o reseca si se rasca z7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCPiel enrojecida o hinchadaz7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCVenas varicosasz7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCEndurecimiento y engrosamiento de la piel en piernas y tobillosz7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCÚlceras o heridas que tardan en sanar en piernas y tobillosz7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCTratamiento y medidasz7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCLa insuficiencia venosa crónica tiende a empeorar con el paso del tiempo y por ello se deben tomar ciertas medidas para que los atascos en las venas sean menos frecuentes.

Aquí una lista de medidas que se deben atender según los tratamientos de la ciencia médica:z7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCEvitar sentarse o estar de pie por mucho tiempoz7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCMover las piernas constantementez7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCTener cuidado con las heridas si es que se presenta alguna úlcera abierta o infecciónz7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCBajar de peso y hacer ejercicioz7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCEn el mes de abril, Trump fue sometido a un examen físico riguroso y completo con más de una docena de médicos. El informe presentado por los especialistas no incluía a la insuficiencia venosa crónica como parte de las enfermedades adjudicadas al presidente, informa AP.z7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCPor otra parte, una ecocardiografía confirmó que el mandatario, a pesar del reciente diagnóstico, presenta estructura y funciones cardiacas normales. Según afirmó Leavitt, sin signos de insuficiencia cardíaca, renal o enfermedad sistémica, el jefe de la Casa Blanca "sigue gozando de excelente salud".z7pmKyC Omnia.com.mx

z7pmKyCCon información de actualidad.rt.comz7pmKyC Omnia.com.mx

Tips al momento

Cierra filas PAN y PRI con MC para la libertad de expresión absoluta en Chihuahua vs Ley Censura

Los partidos del PRI y PAN, se sumaron este día a la propuesta de reforma a la constitución que presentó el diputado de Movimiento Ciudadano, Francisco Sánchez Villegas, para que contra los intentos de censura que se viven en el país, en Chihuahua la libertad de expresión sea absoluta, inviolable y su ejercicio no podrá ser restringido directa ni indirectamente. 

La Constitución local reconoce derechos fundamentales como la igualdad, la no discriminación, el acceso a la información y la protección de los periodistas, aún no existe una disposición que reconozca de manera expresa y autónoma el derecho a la libertad de expresión. 

Aunque la presidenta de la república aseguró que “no hay censura ni espionaje”, el debate evidenció la necesidad de que los estados federados cuenten con mecanismos propios para proteger, de manera efectiva, la libertad de expresión dentro de sus territorios.

La libertad de expresión absoluta que propuso el legislador colocaría al Estado a la vanguardia en materia de derechos humanos, sino que dotaría de certeza jurídica a las personas, a los medios de comunicación, a los activistas, a las organizaciones civiles y a toda forma de expresión pública.

“Resulta preocupante y hasta alarmante que en una democracia consolidada todavía se deba blindar mediante reformas constitucionales un derecho que debería ser incuestionable. El poder político, en lugar de temer a la crítica, la burla, la sátira o la mofa, debe asumirlas como un termómetro de la salud democrática y como una oportunidad para mejorar. La persecución a ciudadanos por sus opiniones es señal inequívoca de retroceso autoritario”, sentenció el legislador.

La propuesta es la siguiente, dentro del artículo 4 Constitucional:

En el Estado de Chihuahua la libertad de expresión es absoluta. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, por cualquier medio, sin censura previa ni injerencia de autoridad alguna. La libertad de expresión es inviolable y su ejercicio no podrá ser restringido directa ni indirectamente. Cualquier acto, disposición, omisión o medida de autoridad que tenga por objeto suprimir, obstaculizar, condicionar o menoscabar este derecho será nulo de pleno derecho.

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Cierra filas PAN y PRI con MC para la libertad de expresión absoluta en Chihuahua vs Ley Censura

Los partidos del PRI y PAN, se sumaron este día a la propuesta de reforma a la constitución que presentó el diputado de Movimiento Ciudadano, Francisco Sánchez Villegas, para que contra los intentos de censura que se viven en el país, en Chihuahua la libertad de expresión sea absoluta, inviolable y su ejercicio no podrá ser restringido directa ni indirectamente. 

La Constitución local reconoce derechos fundamentales como la igualdad, la no discriminación, el acceso a la información y la protección de los periodistas, aún no existe una disposición que reconozca de manera expresa y autónoma el derecho a la libertad de expresión. 

Aunque la presidenta de la república aseguró que “no hay censura ni espionaje”, el debate evidenció la necesidad de que los estados federados cuenten con mecanismos propios para proteger, de manera efectiva, la libertad de expresión dentro de sus territorios.

La libertad de expresión absoluta que propuso el legislador colocaría al Estado a la vanguardia en materia de derechos humanos, sino que dotaría de certeza jurídica a las personas, a los medios de comunicación, a los activistas, a las organizaciones civiles y a toda forma de expresión pública.

“Resulta preocupante y hasta alarmante que en una democracia consolidada todavía se deba blindar mediante reformas constitucionales un derecho que debería ser incuestionable. El poder político, en lugar de temer a la crítica, la burla, la sátira o la mofa, debe asumirlas como un termómetro de la salud democrática y como una oportunidad para mejorar. La persecución a ciudadanos por sus opiniones es señal inequívoca de retroceso autoritario”, sentenció el legislador.

La propuesta es la siguiente, dentro del artículo 4 Constitucional:

En el Estado de Chihuahua la libertad de expresión es absoluta. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, por cualquier medio, sin censura previa ni injerencia de autoridad alguna. La libertad de expresión es inviolable y su ejercicio no podrá ser restringido directa ni indirectamente. Cualquier acto, disposición, omisión o medida de autoridad que tenga por objeto suprimir, obstaculizar, condicionar o menoscabar este derecho será nulo de pleno derecho.

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