Realiza SSPE operativo de revisión extraordinaria en el Cereso Estatal No. 1 de Aquiles Serdán

La Secretaría de Seguridad Pública del Estado (SSPE), a través del Sistema Penitenciario y Reinserción Social, llevó a cabo durante las primeras horas de este martes, un operativo de revisión extraordinaria en el Centro de Reinserción Social No. 1, ubicado en el municipio de Aquiles Serdán.

Por instrucción del Secretario Gilberto Loya Chávez, el despliegue inició aproximadamente a las 05:30 horas, con la participación coordinada de 231 elementos pertenecientes de distintas corporaciones, entre ellas la Guardia Nacional, la Secretaría de la Defensa Nacional, la Agencia Estatal de Investigación y personal operativo del propio Sistema Penitenciario.

El objetivo principal de esta intervención fue mantener la gobernabilidad, estabilidad y seguridad dentro del centro, así como detectar y retirar objetos prohibidos que pudieran representar un riesgo para la población penitenciaria o el personal de custodia.

Como resultado de la revisión, se aseguraron los siguientes artículos:
           •          28 puntas hechizas
           •          14 pipas hechizas
           •          3 cuchillos
           •          1 navaja
           •          7 desarmadores
           •          1 teléfono celular y 1 chip
           •          9 espejos, 16 bocinas y 14 relojes
           •          Diversos objetos eléctricos como 12 parrillas, 2 sartenes, 1 calentón y 14 resistencias hechizas
           •          16 juegos de mesa, 22 figuras de madera, 18 cortauñas, 6 tijeras y 65 encendedores
           •        Ropa, cobijas y artículos no autorizados dentro de las celdas

Este tipo de operativos se realizan de manera regular y sorpresiva en los diferentes centros penitenciarios del estado, con el propósito de garantizar un ambiente seguro y ordenado, en apego a los lineamientos de reinserción social y respeto a los derechos humanos de las personas privadas de la libertad.

Tips al momento

La incongruencia de Cruz con la Torre Centinela

Después de la serie de críticas que ha emitido el presidente municipal con licencia de Ciudad Juárez, Cruz Pérez Cuéllar, hacia la Torre Centinela de la SSPE, resurgió información pública de hace varios años, en donde el mismo ayuntamiento aprobó la donación de predios para la realización de esta obra de seguridad. 

Y es que el 22 de junio del 2022 el Cabildo de Ciudad Juárez aprobó la donación de 6 predios para la construcción de esta torre de seguridad, que en conjunto suman 4 mil 450 metros cuadrados, en donde actualmente está esta obra estatal, lo que genera una serie de dudas sobre si realmente el pensamiento del morenista en ese entonces era que la construcción era “un mugrero”, como se ha referido en meses anteriores. 

Cabe mencionar que este asunto se agregó de manera urgente durante la sesión ordinaria 19 del Cabildo, por lo que al parecer era apremiante el aprobar dicha donación. Hoy, a unos días de cumplirse 4 años de esa indicación de ayuntamiento, el candidateable a la gubernatura de Chihuahua le llama “mugrero” y quiere convertir la obra de seguridad en una torre departamental, así la incongruencia del morenista…


Estos son los supuestos de injerencia extranjera que propone Morena para anular elecciones en Chihuahua

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De acuerdo al Grupo Parlamentario de Morena, se entenderán como actos lesivos para la integridad, independencia, libertad y autenticidad en materia electoral, cuando sean cometidos por estos grupos o entes vinculados a ellos o a intereses extranjeros, entre otros:

I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;

II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;

III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;

IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;

V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.

VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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Cabe mencionar que este asunto se agregó de manera urgente durante la sesión ordinaria 19 del Cabildo, por lo que al parecer era apremiante el aprobar dicha donación. Hoy, a unos días de cumplirse 4 años de esa indicación de ayuntamiento, el candidateable a la gubernatura de Chihuahua le llama “mugrero” y quiere convertir la obra de seguridad en una torre departamental, así la incongruencia del morenista…


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I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;

II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;

III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;

IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;

V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.

VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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