Recomienda CEDH inscribir a César Duarte en el registro de víctimas por vigilancia injustificada de FGE y SSPE

 

 

La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Chihuahua, emitió recomendación a la Fiscalía General del Estado y Secretaría de Seguridad Pública Estatal, con vista a los órganos internos de control o autoridades competentes por presuntas violaciones de vigilancia en contra del ex gobernador César Duarte, al que además se ordena que se le inscriba en el Registro Estatal de Víctimas, y remita las constancias que así lo acrediten. 

Señaló que si bien, una juez de control le modificó la medida cautelar de prisión preventiva, sustituyéndola por la de brazalete electrónico, con la obligación de no salir del municipio de Chihuahua, desde su arribo al domicilio ha sido sujeto de vigilancia, pues en el fraccionamiento se instaló una base de monitoreo (escorpión), observándolo a través de drones y con custodia permanente mediante vehículos de la marca Volkswagen, línea Jetta, con distintas placas.

La Secretaría de Seguridad Pública Estatal argumentó no tener participación específica en la vigilancia, pero sí de acuerdo con el Modelo Centinela Chihuahua tiene distribuidos en todo el estado bases de monitoreo denominados “escorpiones”, pero que no existen drones de la dependencia que sobrevuelen el domicilio del quejoso.

La Fiscalía General del Estado precisó que no se ha ordenado la vigilancia,  que los vehículos marca Volkswagen, línea Jetta, se encuentran asignados a la Agencia Estatal de Investigación, pero no ha existido participación por parte de sus integrantes, dado que tienen asignadas otras tareas de investigación en diferentes carpetas de investigación.

Además, que la Fiscalía General del Estado informó que los actos de investigación en las fechas proporcionadas no guardaban relación con el impetrante, no existe motivo alguno para la presencia de los automores al exterior del fraccionamiento donde habita éste. 

Quedó plenamente comprobado que dentro del fraccionamiento donde vive se encuentra emplazada una unidad de monitoreo de las denominadas “escorpiones”, pues así lo aceptó expresamente la Secretaría de Seguridad Pública Estatal,

La CEDH determinó que actuación desplegada por personal de la Fiscalía General, así como de la Secretaría de Seguridad Pública, ambas entidades del estado, constituyen una intervención no autorizada por el orden jurídico aplicable, al carecer de competencia para ello, máxime que su intervención fue acotada y lo que es más, excluida por efectos de una determinación judicial, que expresamente determinó que el cumplimiento y/o seguimiento de las medidas cautelares sustitutivas de la prisión preventiva, son a cargo de diverso órgano, por lo que dicha acción se constituye en un exceso en el que incurrieron las autoridades citadas, a pesar de ser advertidas de su ilegal actuación, conforme a lo antes especificado. 

Se determina que el estándar probatorio analizado, es suficiente para producir convicción, más allá de toda duda razonable, de que personas servidoras públicas de la Fiscalía General del Estado y de la Secretaría de Seguridad Pública Estatal, violentaron el derecho a la legalidad y seguridad jurídica en estricto sentido, así como en su componente del derecho a la privacidad, en perjuicio de “A”.

La CEDH añade procedente iniciar el procedimiento administrativo en el que se determine el grado de responsabilidad en el que incurrieron las personas servidoras públicas, con motivo de los hechos referidos por el impetrante en su queja, y en su caso, se apliquen las sanciones correspondientes.

Se tomen las medidas administrativas tendentes a garantizar la no repetición de violaciones a derechos humanos, de naturaleza similar a las acontecidas.

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La incongruencia de Cruz con la Torre Centinela

Después de la serie de críticas que ha emitido el presidente municipal con licencia de Ciudad Juárez, Cruz Pérez Cuéllar, hacia la Torre Centinela de la SSPE, resurgió información pública de hace varios años, en donde el mismo ayuntamiento aprobó la donación de predios para la realización de esta obra de seguridad. 

Y es que el 22 de junio del 2022 el Cabildo de Ciudad Juárez aprobó la donación de 6 predios para la construcción de esta torre de seguridad, que en conjunto suman 4 mil 450 metros cuadrados, en donde actualmente está esta obra estatal, lo que genera una serie de dudas sobre si realmente el pensamiento del morenista en ese entonces era que la construcción era “un mugrero”, como se ha referido en meses anteriores. 

Cabe mencionar que este asunto se agregó de manera urgente durante la sesión ordinaria 19 del Cabildo, por lo que al parecer era apremiante el aprobar dicha donación. Hoy, a unos días de cumplirse 4 años de esa indicación de ayuntamiento, el candidateable a la gubernatura de Chihuahua le llama “mugrero” y quiere convertir la obra de seguridad en una torre departamental, así la incongruencia del morenista…


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I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;

II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;

III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;

IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;

V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.

VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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