
EFE.-Un inmigrante jordano que se encontraba bajo custodia del Servicio de Control de Inmigración y Aduanas (ICE) murió en un hospital de Miami, Florida, un día después de ser trasladado al nosocomio para recibir tratamiento, según informó la agencia este miércoles.
Hasan Ali Moh'D Saleh, de 67 años, originario de Jordania, falleció el pasado 12 de octubre por un paro cardíaco, según el informe preliminar citado por ICE.
El inmigrante fue trasladado al Hospital Comunitario Larkin en Miami un día antes de su deceso para recibir tratamiento y evaluación adicionales, debido a una fiebre.Saleh llegó a Estados Unidos en marzo de 1994. Su residencia permanente la tenía en Florida. En 2018 fue declarado culpable de cargos federales para cometer fraude electrónico con cupones de alimentos, y fue sentenciado a 24 meses de prisión.
Por esa condena, Saleh perdió su residencia permanente y un juez de inmigración ordenó su deportación. El inmigrante fue detenido el pasado 14 de septiembre en Pompano Beach (Florida) y fue trasladado al Centro de Detención Krome para el proceso de expulsión final.
Su muerte es la segunda de un inmigrante bajo custodia de ICE desde el pasado 1 de octubre. El mexicano Leo Cruz-Silva, de 34 años, falleció el pasado 4 de octubre en la cárcel del condado de Ste. Genevieve, Misuri. El fue la primera víctima.
En el año fiscal 2025 se contabilizaron 21 muertes de inmigrantes bajo su custodia igualando el número de fallecimientos de 2020 en plena pandemia.
El pasado domingo también se reportó la muerte de dos inmigrantes en El Paso (Texas). Axel Evarado Iquic-Sequen, de 30 años, de Guatemala, y Manuel Mateo López, de 22 años, de México, fallecieron cuando el vehículo en el que viajaban con otros cinco indocumentados se estrelló al tratar de huir de la Patrulla Fronteriza.
Con información de: LatinUs.


Estos son los supuestos de injerencia extranjera que propone Morena para anular elecciones en Chihuahua
De acuerdo al Grupo Parlamentario de Morena, se entenderán como actos lesivos para la integridad, independencia, libertad y autenticidad en materia electoral, cuando sean cometidos por estos grupos o entes vinculados a ellos o a intereses extranjeros, entre otros:
I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;
II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;
III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;
IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;
V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.
VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;
II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;
III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;
IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;
V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.
VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.
