
El alcalde de Delicias, Jesús Valenciano García, indicó que el caso de la estudiante de secundaria que atacó a una madre de familia está en manos de las autoridades judiciales, sin embargo, a raíz de este suceso la administración municipal emprendió una serie de acciones como activación de protocolo en conjunto con padres de familia, con monitoreo diario y operación “mochila segura” ejecutado por los mismos padres de familia, así como red de terapeutas.
Informó que la menor de edad, fue dada de baja ya de manera voluntaria por parte de los padres de familia de la Escuela Secundaria Técnica 52.
El municipio en coordinación con la Secretaría de Educación, con Fiscalía General del Gobierno del Estado y con la Comisión Estatal de Derechos Humanos aplicaron un protocolo trabajando de manera directa con la sociedad de padres de familia, con los directivos y los supervisores.
“Tenemos un monitoreo diario, tenemos un trabajo diario permanente. Diario hay un sistema de revisión mochila segura por petición y ejecutado por los mismos padres de familia. Y hay acciones muy concretas con una red de terapeutas en torno a lo que pudieran estar necesitando algunos de los alumnos”, dijo.
Confirmó que la asistencia se regularizó al porcentaje normal que debería de ser hace dos semanas, “nos van informando cómo van avanzando y de manera semanal tenemos de manera conjunta una intervención a autoridades municipales y a autoridades estatales para ayudarle a la secundaria en todo lo que requiere”.
Valenciano García confirmó que los operativos se emprendieron a toda la ciudad, incluyendo en bachilleratos, universidades, secundarias, acorde como marca el protocolo.
“Los principales responsables de saber qué cargan nuestros hijos en sus mochilas somos los padres de familia, no sólo en las mochilas como las que tú traes colgadas en el hombro, qué cargan ellos en la espalda en su tema emocional, en su tema psicológico, que luego se nos olvida”, acotó.


Estos son los supuestos de injerencia extranjera que propone Morena para anular elecciones en Chihuahua
De acuerdo al Grupo Parlamentario de Morena, se entenderán como actos lesivos para la integridad, independencia, libertad y autenticidad en materia electoral, cuando sean cometidos por estos grupos o entes vinculados a ellos o a intereses extranjeros, entre otros:
I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;
II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;
III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;
IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;
V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.
VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;
II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;
III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;
IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;
V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.
VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.
