Trump reacciona al fallo del Supremo de EU contra sus aranceles

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, reaccionó este viernes al fallo de la Corte Suprema estadounidense que determinó que había excedido los poderes de emergencia invocados para imponer gran parte de sus gravámenes a socios comerciales del país. 

Al respecto, el mandatario calificó de "terrible" y "profundamente decepcionante" la decisión.

"Este era un caso importante para mí, más como símbolo de seguridad económica y nacional", dijo en una comparecencia ante la prensa horas después de conocerse la decisión con una clara mayoría del Supremo (6-3), en uno de los mayores reveses para la agenda del republicano en su segundo mandato.

Advirtió que en su "opinión, el tribunal ha sido influido por intereses extranjeros y por un movimiento político que es mucho más pequeño de lo que la gente podría imaginar".

El fallo de la Corte Suprema establece que el Gobierno estadounidense no tiene facultades inherentes en tiempos de paz para imponer aranceles con base en la Ley de Poderes de Emergencia Económica Internacional (IEEPA) de 1977 invocada por Trump como pilar de su guerra comercial. 

Según el mandatario, los países que "han estado estafando" a Estados Unidos "durante años están eufóricos" tras el dictamen, que podría significar el reembolso de unos 240 mil millones recaudados por Washington por los llamados "gravámenes recíprocos" anunciados en abril de 2025, entre otras medidas.

"El fallo del Tribunal Supremo sobre los aranceles es profundamente decepcionante, y me avergüenza la actitud de ciertos miembros de la Corte, absolutamente me avergüenza que no tengan el valor de hacer lo que es correcto para nuestro país", dijo el presidente desde la Casa Blanca.

El republicano agradeció a los jueces discrepantes, Samuel Alito, Clarence Thomas y Brett Kavanaugh, los magistrados más conservadores de los 9 que componen el Supremo, por "su fuerza, sabiduría y amor" a su país. "Al leer las opiniones de disenso, nadie puede argumentar en contra", añadió.

También insistió en que tienen "alternativas muy poderosas" a la IEEPA para imponer aranceles a los socios comerciales del país.

"La buena noticia es que existen métodos, prácticas, leyes y facultades, reconocidos por todo el Tribunal en esta terrible decisión, y también reconocidos por el Congreso, al que hacen referencia, que son incluso más poderosos que los aranceles de la IEEPA", afirmó.

En su fallo de hoy, el Supremo considera que el uso de esta legislación por Trump supondría una delegación excesivamente amplia del poder tributario que la Constitución reserva al Congreso, ya que el Alto Tribunal considera que los aranceles son un tipo de impuesto a los ciudadanos.

Entre los aranceles afectados por este dictamen están la tarifa global base del 10 % a las importaciones extranjeras y los llamados gravámenes "recíprocos" a los socios comerciales de la mayor economía del mundo, junto a aranceles adicionales del 25 % a México y a Canadá para presionar a estos países a frenar el flujo de drogas como el fentanilo a través de sus fronteras hacia Estados Unidos.

Bajo la sombrilla de la IEEPA, Trump ordenó la suspensión de la exención arancelaria que regía desde hace casi un siglo sobre los envíos 'de minimis' de mercancías de escaso valor, con serias repercusiones para el comercio electrónico.

También se incluyen las decisiones del republicano de aumentar hasta un 50 % los aranceles a Brasil y la India como represalia por el enjuiciamiento a su aliado, el expresidente brasileño Jair Bolsonaro, y la compra de crudo ruso, respectivamente. 

Con información de Informador.mx 

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Cabe mencionar que este asunto se agregó de manera urgente durante la sesión ordinaria 19 del Cabildo, por lo que al parecer era apremiante el aprobar dicha donación. Hoy, a unos días de cumplirse 4 años de esa indicación de ayuntamiento, el candidateable a la gubernatura de Chihuahua le llama “mugrero” y quiere convertir la obra de seguridad en una torre departamental, así la incongruencia del morenista…


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II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;

III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;

IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;

V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.

VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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