COI revisará neutralidad política de Infantino tras participación en la Junta de Paz de Trump

MILÁN (AP).- Después de que el presidente de la FIFA Gianni Infantino participó en el lanzamiento de la Junta de Paz del presidente estadunidense Donald Trump, la máxima dirigente del COI, Kirsty Coventry, manifestó este día que el organismo olímpico “examinará” su conducta.

Infantino y Coventry figuran entre los 107 miembros actuales del Comité Olímpico Internacional, quienes están sujetos a un juramento para “actuar siempre de manera independiente de los intereses políticos”.

Trump organizó el jueves una reunión en Washington, donde Infantino firmó una alianza en nombre la FIFA, lo que podría llevar a una inversión de 75 millones de dólares de fondos del futbol en Gaza.

Infantino ha alineado estrechamente a la FIFA con el gobierno de Estados Unidos. El dirigente asistió a la investidura de Trump el año pasado y ha visitado la Casa Blanca y a Mar-a-Lago. Estados Unidos será coanfitrión de la próxima Copa Mundial junto con Canadá y México y que inicia el 11 de junio.

“La Carta Olímpica es muy clara sobre lo que se espera de sus miembros y vamos a investigar la supuesta firma de documentos”, declaró Coventry en su última conferencia de prensa en los Juegos Olímpicos de Invierno de Milán-Cortina, y añadió que no sabía que Infantino había estado “en primera línea” en el acto de la junta de paz.

“Ahora que ustedes nos lo han hecho saber”, señaló tras una segunda pregunta sobre el tema. "Lo revisaremos”.

Pero a pesar de la obligación de neutralidad política, entre los miembros del COI están el emir de Qatar, el jeque Tamim bin Hamad al-Thani, y a la embajadora de Arabia Saudí en Estados Unidos, la princesa Reema bint Bandar Al Saud.

También incluye a Erick Thohir, ministro de Deportes de Indonesia, país al que el COI le prohibió albergar eventos deportivos internacionales el año pasado después de negarse a dejar competir a israelíes en los campeonatos mundiales de gimnasia.

La propia Coventry fue ministra de Deportes en el gobierno de Zimbabue hasta que ganó las elecciones en marzo como la primera presidenta del COI.

 

 

Con información de: Proceso.

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Y es que el 22 de junio del 2022 el Cabildo de Ciudad Juárez aprobó la donación de 6 predios para la construcción de esta torre de seguridad, que en conjunto suman 4 mil 450 metros cuadrados, en donde actualmente está esta obra estatal, lo que genera una serie de dudas sobre si realmente el pensamiento del morenista en ese entonces era que la construcción era “un mugrero”, como se ha referido en meses anteriores. 

Cabe mencionar que este asunto se agregó de manera urgente durante la sesión ordinaria 19 del Cabildo, por lo que al parecer era apremiante el aprobar dicha donación. Hoy, a unos días de cumplirse 4 años de esa indicación de ayuntamiento, el candidateable a la gubernatura de Chihuahua le llama “mugrero” y quiere convertir la obra de seguridad en una torre departamental, así la incongruencia del morenista…


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I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;

II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;

III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;

IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;

V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.

VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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