
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) no aceptó la petición del gobernador de Nuevo León, Samuel García, de bajar un espot del PRI, al señalar que son manifestaciones amparadas por la libertad de expresión e información en el contexto del debate político.
En la continuidad de constantes pugnas entre el PRI y Movimiento Ciudadano, los consejeros y la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) revisaron el contenido del espot titulado “Ruta del enriquecimiento” a partir del cual – según el mandatario estatal- es un promocional calumnioso porque le imputan delitos de apropiación indebida de recursos públicos y enriquecimiento ilícito, para afectar su reputación.
El mensaje del tricolor dice: “Ellos viven con privilegios y posan para la foto, mientras el estado se cae. Los naranjas te usan. Nuevo León, abre los ojos”.
Morena Vs PRI
También se analizó una queja presentada por el partido Morena en contra del PRI por el promocional “PRI Defensores”, al señalar que en este se le imputa conductas delictivas.
Por unanimidad de votos, en ambos casos, esta comisión determinó improcedente el retiro de los materiales, por tratarse de contenidos de opiniones de naturaleza política y de carácter genérico, como parte de un mensaje crítico en el contexto del debate político-electoral.
En el espot para difundirse en televisión se escucha la voz del presidente del PRI, Alejandro Moreno, en el que señala: “Hoy son un movimiento de delincuentes, nepotismo, joyas caras, mansiones, carros de lujo...Ahora son la mafia del poder”.
Subrayó que las expresiones denunciadas “desde una óptica preliminar y bajo la apariencia del buen derecho, no implican la imputación directa de un delito o hecho falso, sino que se trata de la opinión crítica que realiza el partido denunciado respecto de diversos temas, lo cual está amparado por la libertad de expresión”.
El presiente de la comisión, Arturo Castillo, dijo que para acreditar la calumnia se deben cumplir con distintos aspectos: imputar directa e inequívocamente un delito, y que se impute un hecho evidentemente falso, a sabienda de la falsedad. En este caso “se hace una crítica fuerte del comportamiento de un movimiento, pero no hay una imputación de un delito como tal”.
Aparte, la comisión desechó otra queja del gobernador de Nuevo León, también en contra del PRI, en la que alegaba afectaciones a “Mariana”; los abogados de la UTCE dijeron que el mandatario no tiene atribuciones para denunciar asuntos relacionados con terceras personas.