Israel bombardea complejo petroquímico clave en Irán y amplía ofensiva

EFE.- El Ejército israelí confirmó el sábado por la noche haber atacado horas antes un complejo petroquímico en la ciudad iraní de Mahshahr, como ya había denunciado la agencia IRNA, que no informó de heridos o víctimas mortales.

Según Israel, el bombardeo contra una de las instalaciones busca dañar a las fuerzas armadas del régimen iraní, ya que alega que muchos de los materiales químicos que se producían y exportaban en ella son usados "para producir materiales para explosivos, misiles balísticos y otro tipo de armamento".

"Esta instalación es uno de los principales centros de producción de un componente crítico para misiles balísticos", dice el Ejército.

El complejo petroquímico de Mahshahr, en el suroeste de Irán, es uno de los principales centros industriales del país, clave para la producción y exportación de productos derivados del petróleo.

"Alrededor de las 10:45 de la mañana de este sábado (7:15 GMT), como consecuencia de un ataque del enemigo estadounidense y sionista, algunas empresas situadas en la zona económica especial petroquímica fueron alcanzadas", anunció por la mañana el departamento de relaciones públicas de la Organización de la Zona Económica Especial Petroquímica, según reportó la agencia IRNA.

Este ataque se suma a otros registrados en infraestructuras estratégicas iraníes en lo que va de la ofensiva, entre ellas las principales fábricas de acero de Irán: las acerías de Mobarake, en Isfahán (centro), y la acería de Juzestán (oeste). 

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I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;

II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;

III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;

IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;

V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.

VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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