
Al menos cuatro soldados estadunidenses heridos en el conflicto contra Irán han sido identificados como mexicanos por el Pentágono, que hizo públicos los detalles de la operación Furia Épica iniciada hace cinco semanas y que ha dejado 13 militares del país norteamericano muertos.
Los cuatro soldados pertenecen al Ejército de los Estados Unidos, que ya contabiliza 247 heridos de un total de 365 heridos.
Otros 63 heridos hacen parte de la Armada, 19 son de la Infantería de Marina y 36 de la Fuerza Aérea.
De los 13 fallecidos, siete pertenecen al Ejército y seis a la Fuerza Aérea.
Las cifras han sido detalladas en el Sistema de Análisis de Bajas de la Defensa (DCAS) del Pentágono, que clasifica a otros tres soldados como hispanos.
El desglose no incluye las posibles bajas o heridos ocurridos este viernes cuando las fuerzas iraníes derribaron un caza estadunidense.
Uno de los tripulantes del caza F-15 atacado por Teherán fue rescatado con vida, mientras tanto, las fuerzas de EU siguen trabajando para encontrar a un segundo tripulante, del que no ha trascendido su situación.
Este sábado se cumplen cinco semanas del arranque del conflicto el pasado 28 de febrero. Justo hoy el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, advirtió a Irán de que le quedan 48 horas para que se cumpla el plazo que le dio para llegar a un acuerdo o de lo contrario atacará sus plantas energéticas.
El mandatario estadunidense ya había extendido el plazo dado sin que Teherán diera una respuesta clara sobre su disposición a dialogar.
Milenio


Estos son los supuestos de injerencia extranjera que propone Morena para anular elecciones en Chihuahua
De acuerdo al Grupo Parlamentario de Morena, se entenderán como actos lesivos para la integridad, independencia, libertad y autenticidad en materia electoral, cuando sean cometidos por estos grupos o entes vinculados a ellos o a intereses extranjeros, entre otros:
I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;
II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;
III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;
IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;
V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.
VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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De acuerdo al Grupo Parlamentario de Morena, se entenderán como actos lesivos para la integridad, independencia, libertad y autenticidad en materia electoral, cuando sean cometidos por estos grupos o entes vinculados a ellos o a intereses extranjeros, entre otros:
I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;
II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;
III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;
IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;
V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.
VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.
