
De acuerdo con el diario "The Washington Post" y diversos meteorólogos "hay una alta probabilidad de que este año se produzca un fenómeno de El Niño muy intenso".
El periódico señaló en su cuenta de X que este fenómeno podría elevar las temperaturas de las aguas del océano Pacífico "a niveles récord" lo que influiría en "las áreas que experimentan sequías, inundaciones, disminución del hielo marino y otros fenómenos".
Además, el diario cita a Paul Roundy, profesor de ciencias atmosféricas en la Universidad Estatal de Nueva York en Albany, quien escribió que "existe un potencial real para el evento de El Niño más intenso en 140 años".
Para esta advertencia, tanto el "Washington Post" como Roundy se basó en el último pronóstico del Centro Europeo de Previsiones Meteorológicas a Plazo Medio (ECMWF por su sigla en inglés), publicado este domingo, que señala que "las probabilidades de que se produzca un super El Niño este año están aumentando".
El pronóstico indica que el fenómeno tiene una alta probabilidad de producirse y afectar los patrones meteorológicos regionales y globales este verano u otoño, reforzando así la predicción de un súper El Niño que hizo el mismo organismo el mes pasado.
Los eventos de súper El Niño, que ocurren una vez cada 10 a 15 años en promedio, los efectos, como sequías, inundaciones y huracanes, pueden ser más fuertes, persistentes y generalizados que los de una oscilación climática El Niño regular.
Una de las consecuencias de este posible fenómeno de súper El Niño sería la elevación de las temperaturas globales a niveles récord, especialmente en 2027, y tener repercusiones en la agricultura debido a los cambios en los patrones climáticos.
Con información de Latinus.


Estos son los supuestos de injerencia extranjera que propone Morena para anular elecciones en Chihuahua
De acuerdo al Grupo Parlamentario de Morena, se entenderán como actos lesivos para la integridad, independencia, libertad y autenticidad en materia electoral, cuando sean cometidos por estos grupos o entes vinculados a ellos o a intereses extranjeros, entre otros:
I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;
II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;
III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;
IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;
V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.
VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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De acuerdo al Grupo Parlamentario de Morena, se entenderán como actos lesivos para la integridad, independencia, libertad y autenticidad en materia electoral, cuando sean cometidos por estos grupos o entes vinculados a ellos o a intereses extranjeros, entre otros:
I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;
II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;
III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;
IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;
V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.
VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.
