Agentes de Vialidad deben estar visibles y con torreta encendida: Ozaeta

La diputada el PT, Deyanira Ozaeta replanteó solicitar a la dirección de Vialidad y Tránsito que se recuerde a los agentes que deben patrullar visibles a los conductores y las torretas encendidas.

Indicó que los oficiales de las corporaciones de vialidad están sujetos a la Ley de Transito que señala: “Realizar su actividad a través de un patrullaje preventivo en el área de adscripción asignada, evitando a toda costa la molestia innecesaria al conductor, por lo que deberá, al realizarlo, permanecer en todo momento en lugares visibles con las torretas encendidas”.

La legisladora comentó que hay  agentes que se conducen con principios máximos de ética,  pero otros han sido señalados de continuar con las llamadas  “cacerías” “que pareciera más un fin recaudatorio que de prevención”.

La legisladora solicitó cumplir con los fines preventivos del patrullaje de las Corporaciones de Tránsito y/o Vialidad en las áreas asignadas permaneciendo en todo momento en lugares visibles con las torretas encendidas, con la finalidad de disminuir la incidencia de accidentes y de actos contrarios a la Ley y sus reglamentos.

Tips al momento

Otorga federación al gobierno de Chihuahua el inmueble del Cereso3 en Juárez

El Gobierno Federal destinó al Gobierno del Estado de Chihuahua, el inmueble federal del Cereso 3 en Ciudad Juárez.

El  04 de marzo de 2022, el Gobierno del Estado de Chihuahua, solicitó se le otorgue el Acuerdo Administrativo de Destino del inmueble federal, para continuar utilizándolo como instalaciones que ocupa el CERESO Tres de Ciudad Juárez, para formar parte del Complejo Judicial del Distrito Judicial Bravos.

El inmueble cuenta con Registro Federal Inmobiliario 8-8923-7, con superficie de 300,281.075 metros cuadrados, ubicado en Calle Barranco Azul sin número, Colonia Toribio Ortega, Código Postal 32675, Municipio de Juárez, Estado de Chihuahua.

El Gobierno del Estado de Chihuahua, deberá custodiar y vigilar el inmueble, quedando obligado a cubrir los gastos necesarios para su conservación y mantenimiento, y demás servicios inherentes que en su caso se generen, así como el correspondiente aseguramiento contra daños del inmueble

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