Por exceder el plazo de 10 días estipulados en la Constitución del Estado de Chihuahua, el Diputado Cuauhtémoc Estrada indicó que sería inconstitucional que Roberto Fierro asumiera la titularidad de la Secretaría de la Función Pública, “Constitucionalmente ya no puede ser”.
Y es que el artículo 64, fracción XV inciso B de la Constitución menciona que el Congreso del Estado tiene un plazo de 10 días hábiles a partir de la recepción del documento en donde proponen al titular de la Secretaría para votarlo en el pleno y en caso de que no se vote a tiempo o bien, no se alcance la aprobación de las dos terceras partes de los votos para acreditar el cargo, el poder ejecutivo debe enviar nuevos nombramientos.
Agregó que la petición llegó el 25 de junio, pero el pasado 9 de julio la Junta de Coordinación Política (Jucopo) solicitó más información para el nombramiento de Fierro y el 10 de julio se tuvo la última sesión extraordinaria en donde no se votó, a pesar de esto no se sabe si ya fue enviada la información solicitada por la Jucopo.
“No ha habido pretextos para que no se diera el nombramiento”, expresó.
Luego que se dieran a conocer los listados depurados, en el primer filtro, por los comités de evaluación de los tres Poderes del Estado a los aspirantes a juzgadores, hubo algunas situaciones y nombres que llamaron la atención.
Caso particular, fue el de Roberto Fuentes, secretario del Ayuntamiento y hoy alcalde capitalino en funciones, quien fue “rasurado” por el comité selección del Poder Legislativo, para aspirar a una magistratura por considerar que no acredita los tres años de experiencia jurídica y por eso que no cumple con el requisito establecido en el artículo 103, fracción ll de la Constitución, 39, fracción V de la Ley y Base Segunda, fracción ll de la Convocatoria.
No obstante, lo anterior, se dijo que el funcionario municipal, sí pasó las evaluaciones en los otros dos Poderes.
Cómo es posible, dicen, que por las bases le señalen que no tiene, precisamente, elegibilidad porque no tiene la experiencia y los otros dos Poderes sí lo aprueban. Habrá que estar pendientes de este caso, que dicen, puede dar para más.
Luego que se dieran a conocer los listados depurados, en el primer filtro, por los comités de evaluación de los tres Poderes del Estado a los aspirantes a juzgadores, hubo algunas situaciones y nombres que llamaron la atención.
Caso particular, fue el de Roberto Fuentes, secretario del Ayuntamiento y hoy alcalde capitalino en funciones, quien fue “rasurado” por el comité selección del Poder Legislativo, para aspirar a una magistratura por considerar que no acredita los tres años de experiencia jurídica y por eso que no cumple con el requisito establecido en el artículo 103, fracción ll de la Constitución, 39, fracción V de la Ley y Base Segunda, fracción ll de la Convocatoria.
No obstante, lo anterior, se dijo que el funcionario municipal, sí pasó las evaluaciones en los otros dos Poderes.
Cómo es posible, dicen, que por las bases le señalen que no tiene, precisamente, elegibilidad porque no tiene la experiencia y los otros dos Poderes sí lo aprueban. Habrá que estar pendientes de este caso, que dicen, puede dar para más.