Morena propone remendar su reforma judicial: iniciativa retrasa a 2028 la elección por riesgos institucionales y presión al INE

Luego de 19 meses de haberla aprobado junto con sus aliados, diputados de Morena presentaron una iniciativa para posponer hasta el 2028 la elección de jueces porque la concurrencia con otros comicios, “genera riesgos institucionales”. 

De acuerdo al proyecto suscrito por el vicecoordinador de Morena, Alfonso Ramírez Cuéllar, destacan entre los riesgos “una menor deliberación pública sobre perfiles técnicos; saturación informativa para el electorado; incremento del voto desinformado; politización de candidaturas judiciales; y presión operativa y financiera sobre la autoridad electoral”.

“Es importante que la elección de personas juzgadoras posea un proceso electoral propio y, tomando en cuenta lo ya expuesto respecto a las postulaciones y a la revisión de idoneidad de los perfiles, la presente iniciativa propone recorrer la próxima elección judicial a junio de 2028”, señala.

La propuesta resalta que hay que “evitar la concurrencia de elecciones judiciales con procesos electorales políticos, a fin de garantizar mayor deliberación pública, proteger la independencia judicial y permitir una organización electoral más ordenada y robusta”. 

“Fortalecer la calidad técnica de la función jurisdiccional, incorporando como requisito constitucional la acreditación de una certificación de competencias emitida por la Escuela Nacional de Formación Judicial (ENFJ)”, indica la iniciativa suscrita también por los diputados Olga Sánchez Cordero y Alfredo Vázquez. 

Se propone “establecer criterios objetivos y homogéneos de evaluación, eliminando requisitos formales que no necesariamente reflejan competencias sustantivas, tales como promedios académicos específicos o documentación subjetiva, y sustituyéndolos por mecanismos de evaluación técnica estandarizada”.

El texto vigente exige “un promedio general de calificación de cuando menos ocho puntos o su equivalente y de nueve puntos o su equivalente en las materias relacionadas con el cargo al que se postula en la licenciatura, especialidad, maestría o doctorado, y práctica profesional de cuando menos cinco años en el ejercicio de la actividad jurídica”.

La modificación establece que se debe contar “con la certificación de competencias vigente emitida por la Escuela Nacional de Formación Judicial, así como práctica profesional de mínimo diez años en el ejercicio de la actividad jurídica”.

Además, “para cinco de las nueve personas ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de los 10 años mínimos de práctica profesional requeridos en el ejercicio de la actividad jurídica, cinco años deberán ser dentro del Poder Judicial. 

“Para las otras cuatro personas ministras, no será necesaria la experiencia judicial previa”, aclara el proyecto plantea reformas a los artículos 76, 94, 95. 96, 97, 98, 99, 100,116 y 112 de la constitución y será turnado a la comisión de Puntos constitucionales. 

En cuanto al artículo 95 constitucional, actualmente dice que “para ser electo ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se necesita ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles”.

El cambio propone “tener la ciudadanía mexicana, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles”.

“La Suprema Corte de Justicia de la Nación se compondrá de nueve ministras y ministros y funcionará en Pleno y en dos secciones. Su presidencia se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación”, apunta.

Entre las adiciones, se propone “no haber sido titular de alguna Secretaría federal o local, Fiscal General de la República, senadora o senador, diputada o diputado federal o local, concejal, ni titular del poder ejecutivo de alguna entidad federativa, municipio o alcaldía”.

“Asimismo, no haber sido militante de un partido político, o haber desempeñado algún cargo de dirección o representación nacional o estatal de algún partido político, durante el año previo al día de la publicación de la convocatoria señalada en la fracción I del artículo 96 de la constitución”, añade el documento.

En caso de aprobarse la iniciativa será “el Instituto Nacional Electoral publicará la convocatoria para la integración del listado de candidaturas, a más tardar el 1 de septiembre del año anterior al de la elección de personas juzgadoras”.

“El órgano de administración judicial hará del conocimiento del Instituto Nacional Electoral los cargos vacantes”, plantea, con lo que el Senado dejará de tener estas facultades.

Además, “los Poderes de la Unión postularán el número de candidaturas que corresponda a cada cargo conforme a los párrafos segundo y tercero del presente artículo. Para la evaluación y selección de sus postulaciones. Se conformará un Comité Único de Evaluación (CUE), con lo que se eliminaría el esquema de que haya tres por cada uno de los poderes de la unión para recibir expedientes de aspirantes, evaluará el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales e identificará a las personas mejor evaluadas”. 

“En el proceso de evaluación, se realizarán exámenes de conocimientos, elaborados y aplicados por la Escuela Nacional de Formación Judicial”, indica.

La iniciativa determina que el CUE se integrará un listado de las seis personas mejor evaluadas para cada cargo en los casos de Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Magistradas y Magistrados de la Sala Superior. 

”La integración de las postulaciones se hará por consenso de las personas integrantes del Comité, observando la paridad de género”, añade.

El proyecto indica que “cada cuatro años, el Pleno elegirá de entre sus miembros a la persona Presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual no podrá ser reelecta para el periodo inmediato posterior”.

La iniciativa, suscrita también por la diputada Mariana Benítez será turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para su posterior discusión; la reforma judicial fue aprobada en septiembre de 2024.

Con información de Latinus. 

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Esto dejó aún más cuestionamientos, pues el director y los agentes, a quien ya señalaron medios estadounidenses como personal de la CIA, viajaban en una unidad NO blindada y en una zona de alto riesgo después de un importante operativo en el que se desmanteló uno de los más grandes laboratorios de drogas sintéticas incluso a nivel nacional, afectando claramente los intereses de grupos criminales con presencia fuerte en dicha zona. 

Por si fuera poco, se señala a el director Oseguera Cervantes como un testigo protegido y se reitera que los elementos no eran capacitadores, sino que colaboraban con las autoridades chihuahuenses en operativos de Ojinaga y otras zonas, en donde incluso portaban armas de la FGE. 

La camioneta Ford F-150 estalló debido a que llevaban bidones con gasolina, por lo que los cuerpos quedaron parcialmente calcinados, además se comentó que luego de esto se comenzó a buscar exhaustivamente equipo de los norteamericanos, sin precisar de qué se trataba.


Las contradicciones y el conflicto diplomático por los agentes de EU

A través de la columna Estrictamente Personal de Raymundo Riva Palacio, se señala que el fatal accidente carretero en donde murieron dos agentes estatales y dos de la embajada de Estados Unidos en Chihuahua, ha escalado hasta convertirse en un potencial conflicto diplomático y una crisis de seguridad nacional.

El accidente ocurrido en  la zona que conecta los municipios de Guachochi y Morelos, dejó al descubierto la operación de agentes estadounidenses en territorio mexicano sin el conocimiento del Gobierno Federal.

El Fiscal César Jáuregui sostuvo que los fallecidos eran instructores que capacitaban a las fuerzas estatales en el uso de drones y tácticas de vigilancia, sin embargo, la capacitación en tecnología de drones no recae en la DEA, sino en el Ejército o la CIA.

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