
Michoacán.- Al menos dos agentes de la Guardia Nacional resultaron heridos de gravedad, tras la explosión de una mina antipersona, elaborada de forma artesanal por presuntos colaboradores de un grupo delictivo y colocada en un cerro del municipiomichoacano de Cotija, colindante con el estado de Jalisco.
Información del área de inteligencia de la Guardia Civil (Policía Estatal), precisó que la explosión ocurrió alrededor de las 6:45 de la tade, ayer jueves, en la zona denominada Plan del Cerro, en una montaña ubicada al poniente de Cotija.
La explosión del artefacto provocó graves heridas a dos agentes de la Guardia Nacional, quienes iban a bordo de un helicóptero de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) y fueron “evacuados” de la zona para posteriormente ser trasladados a un hospital militar.
El grupo de agentes de la Guardia Nacional realizaba un operativo para detectar células delictivas que se disputan el control de operaciones ilícitas en municipios de la franja limítrofe de Michoacán y Jalisco.
El Ejército Mexicano ha identificado que en esta región existe una lucha entre el Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG) —aliado en Michoacán con los cárteles de Los Viagras, Blancos de Troya y Cártel de Acahuato— y el Cártel de Los Reyes, este último forma parte de una alianza criminal que incluye a los cárteles de Tepalcatepec y de Los Caballeros Templarios.
Personal de la fiscalía general del estado (FGE) acudió a la zona para obtener información del caso, pero mandos de la Guardia Nacional se negaron a proporcionar mayores datos, al considerar que no existe confianza hacia Carlos Torres Piña, el fiscal general de Michoacán.
La ola violenta entre el CJNG y el Cártel de Los Reyes abarca principalmente los municipios michoacanos de Tingüindín, Peribán, Cotija, Tocumbo y Los Reyes.
El pasado 27 de mayo, una mina terrestre explotó al paso de un convoy de la Guardia Nacional y Ejército Mexicano, en una zona rural de Los Reyes, cobrando la vida de ocho agentes castrenses.
Dos días después, el Ejército capturó en una “casa de seguridad” a 17 personas vinculadas al Cártel de Los Reyes, entre ellas a 12 de origen colombiano, de las cuales 11 son exmilitares de la armada de Colombia, los detenidos fueron señalados por las autoridades de trabajar como mercenarios para el cártel michoacano.
Con información de Latinus.


Después de la serie de críticas que ha emitido el presidente municipal con licencia de Ciudad Juárez, Cruz Pérez Cuéllar, hacia la Torre Centinela de la SSPE, resurgió información pública de hace varios años, en donde el mismo ayuntamiento aprobó la donación de predios para la realización de esta obra de seguridad.
Y es que el 22 de junio del 2022 el Cabildo de Ciudad Juárez aprobó la donación de 6 predios para la construcción de esta torre de seguridad, que en conjunto suman 4 mil 450 metros cuadrados, en donde actualmente está esta obra estatal, lo que genera una serie de dudas sobre si realmente el pensamiento del morenista en ese entonces era que la construcción era “un mugrero”, como se ha referido en meses anteriores.
Cabe mencionar que este asunto se agregó de manera urgente durante la sesión ordinaria 19 del Cabildo, por lo que al parecer era apremiante el aprobar dicha donación. Hoy, a unos días de cumplirse 4 años de esa indicación de ayuntamiento, el candidateable a la gubernatura de Chihuahua le llama “mugrero” y quiere convertir la obra de seguridad en una torre departamental, así la incongruencia del morenista…

Estos son los supuestos de injerencia extranjera que propone Morena para anular elecciones en Chihuahua
De acuerdo al Grupo Parlamentario de Morena, se entenderán como actos lesivos para la integridad, independencia, libertad y autenticidad en materia electoral, cuando sean cometidos por estos grupos o entes vinculados a ellos o a intereses extranjeros, entre otros:
I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;
II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;
III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;
IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;
V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.
VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

Después de la serie de críticas que ha emitido el presidente municipal con licencia de Ciudad Juárez, Cruz Pérez Cuéllar, hacia la Torre Centinela de la SSPE, resurgió información pública de hace varios años, en donde el mismo ayuntamiento aprobó la donación de predios para la realización de esta obra de seguridad.
Y es que el 22 de junio del 2022 el Cabildo de Ciudad Juárez aprobó la donación de 6 predios para la construcción de esta torre de seguridad, que en conjunto suman 4 mil 450 metros cuadrados, en donde actualmente está esta obra estatal, lo que genera una serie de dudas sobre si realmente el pensamiento del morenista en ese entonces era que la construcción era “un mugrero”, como se ha referido en meses anteriores.
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II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;
III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;
IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;
V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.
VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.
