Chihuahua, Chih.- El coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, Alfredo Chávez Madrid, reconoció la Ley Beatriz impulsada por la gobernadora Maru Campos Galván, al considerar que representa una acción de profundo sentido humano que dignifica la justicia y fortalece el compromiso del Estado con las mujeres y los grupos en situación de vulnerabilidad. Subrayó que el proyecto recibió dictamen positivo por unanimidad en la Comisión de Justicia del Congreso del Estado, lo que refleja el consenso y la sensibilidad con la que fue abordado por las y los legisladores.
Chávez Madrid destacó que la iniciativa surge del acompañamiento de la gobernadora Maru Campos al Movimiento Estatal de Mujeres, al atender de manera directa las causas que éstas han defendido por años en materia de igualdad, acceso a la justicia y reinserción social. “La gobernadora no solo presentó una ley, sino que escuchó, dialogó y caminó junto a las mujeres que todos los días enfrentan las consecuencias de un sistema que a veces no las mira”, señaló el legislador.
El coordinador explicó que la Ley Beatriz toma su nombre del caso real de Beatriz, una mujer rarámuri condenada sin traductor ni defensa adecuada, símbolo de la deuda histórica con quienes fueron juzgadas sin equidad. Explicó que la nueva norma establece un Comité Técnico integrado por la Secretaría General de Gobierno, la Fiscalía General del Estado, la Secretaría de Seguridad Pública y la Consejería Jurídica del Ejecutivo, que analizará cada solicitud de manera individual para garantizar decisiones transparentes y justas. “La Ley Beatriz no es perdón, es justicia con límites; es la posibilidad de corregir errores cuando la desigualdad o la marginación impidieron un juicio justo”, puntualizó Chávez Madrid.
Finalmente, el coordinador panista afirmó que esta iniciativa, respaldada por la gobernadora y acompañada por la sociedad civil organizada, es ejemplo de que en Chihuahua se puede gobernar con empatía y firmeza al mismo tiempo. “La Ley Beatriz devuelve esperanza y confianza en las instituciones, porque demuestra que la justicia puede ser fuerte sin dejar de ser humana”, concluyó.


Después de la serie de críticas que ha emitido el presidente municipal con licencia de Ciudad Juárez, Cruz Pérez Cuéllar, hacia la Torre Centinela de la SSPE, resurgió información pública de hace varios años, en donde el mismo ayuntamiento aprobó la donación de predios para la realización de esta obra de seguridad.
Y es que el 22 de junio del 2022 el Cabildo de Ciudad Juárez aprobó la donación de 6 predios para la construcción de esta torre de seguridad, que en conjunto suman 4 mil 450 metros cuadrados, en donde actualmente está esta obra estatal, lo que genera una serie de dudas sobre si realmente el pensamiento del morenista en ese entonces era que la construcción era “un mugrero”, como se ha referido en meses anteriores.
Cabe mencionar que este asunto se agregó de manera urgente durante la sesión ordinaria 19 del Cabildo, por lo que al parecer era apremiante el aprobar dicha donación. Hoy, a unos días de cumplirse 4 años de esa indicación de ayuntamiento, el candidateable a la gubernatura de Chihuahua le llama “mugrero” y quiere convertir la obra de seguridad en una torre departamental, así la incongruencia del morenista…

Estos son los supuestos de injerencia extranjera que propone Morena para anular elecciones en Chihuahua
De acuerdo al Grupo Parlamentario de Morena, se entenderán como actos lesivos para la integridad, independencia, libertad y autenticidad en materia electoral, cuando sean cometidos por estos grupos o entes vinculados a ellos o a intereses extranjeros, entre otros:
I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;
II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;
III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;
IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;
V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.
VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

Después de la serie de críticas que ha emitido el presidente municipal con licencia de Ciudad Juárez, Cruz Pérez Cuéllar, hacia la Torre Centinela de la SSPE, resurgió información pública de hace varios años, en donde el mismo ayuntamiento aprobó la donación de predios para la realización de esta obra de seguridad.
Y es que el 22 de junio del 2022 el Cabildo de Ciudad Juárez aprobó la donación de 6 predios para la construcción de esta torre de seguridad, que en conjunto suman 4 mil 450 metros cuadrados, en donde actualmente está esta obra estatal, lo que genera una serie de dudas sobre si realmente el pensamiento del morenista en ese entonces era que la construcción era “un mugrero”, como se ha referido en meses anteriores.
Cabe mencionar que este asunto se agregó de manera urgente durante la sesión ordinaria 19 del Cabildo, por lo que al parecer era apremiante el aprobar dicha donación. Hoy, a unos días de cumplirse 4 años de esa indicación de ayuntamiento, el candidateable a la gubernatura de Chihuahua le llama “mugrero” y quiere convertir la obra de seguridad en una torre departamental, así la incongruencia del morenista…

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I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;
II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;
III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;
IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;
V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.
VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.
