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¿Por qué fue descalificado el nadador mexicano Miguel de Lara en París 2024?

QPuH9N9CIUDAD DE MÉXICO (apro).-  El nadador mexicano Miguel de Lara tuvo un amargo debut en los Juegos Olímpicos de París 2024, al quedar descalificado durante su heat eliminatorio en los 100 metros pecho.QPuH9N9 Omnia.com.mx

QPuH9N9De Lara logró terminar en el segundo puesto con un tiempo de un minuto y 82 centésimas, aunque lamentablemente su buen rendimiento se vio opacado debido a que los jueces decidieron descalificarlo.QPuH9N9 Omnia.com.mx

QPuH9N9La razón de la descalificación es que el nadador coahuilense dio una patada prohibida para culminar la prueba, movió los dos pies juntos, es decir que dio una “patada de delfín” que le permite llegar más rápido que sus rivales. De Lara debió utilizar la patada permitida que es flexionando las piernas. QPuH9N9 Omnia.com.mx

QPuH9N9Una toma de video en el fondo de la piscina, dejó al descubierto el momento en el que el nadador mexicano realizó la patada prohibida y fue suficiente para que lo descalificaran.QPuH9N9 Omnia.com.mx

QPuH9N9Miguel de Lara tendrá su revancha en París 2024, cuando compita en la prueba de los 200 metros pecho el próximo martes 30 de julio.QPuH9N9 Omnia.com.mx

QPuH9N9Con información deQPuH9N9 Omnia.com.mx

QPuH9N9proceso.com,mxQPuH9N9 Omnia.com.mx

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Confirma Sala Superior del TEPJF violencia política de nota periodística en Chihuahua contra candidata a ministra de la Corte

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada sobre violencia política por razón de generó a través de una nota periodística cometido en contra de la candidata a ministra de la Corte.  Olivia Aguirre Bonilla.

Se confirma la multa de 11, 314 pesos  por incurrir en violencia política contra las mujeres en razón de género, mediante la publicación de una nota, dirigida contra una candidata a ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el pasado 3 de abril de 2025, además se debe ofrecer y publicar una disculpa pública, así como tomar un curso especializado en promoción y protección de los derechos de las mujeres y la correspondiente inscripción en el registro nacional (SRE-PSC-29/2025).

El caso se centró en una nota que, según la denunciante, utilizó expresiones y un contexto sexualizante, incluyendo fotografías editadas y estereotipos de género, para construir una narrativa dañina.

La Sala Superior confirmó que la sala responsable aplicó correctamente la metodología para determinar la infracción, en contra de la nota al construir una narrativa sexualizante y utilizar estereotipos de género, trascienden los límites de la protección de la libertad de expresión.

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