3sMpJDXCIUDAD DE MÉXICO (apro) .- El Senado de la República avaló el nuevo Reglamento de la Comisión Permanente con dos cambios propuestos por morenistas, uno que establece que el presidente de la Mesa Directiva, Gerardo Fernández Noroña, podrá quitar el sonido del orador en Tribuna, si considera que hay injurias u ofensas.3sMpJDX Omnia.com.mx
3sMpJDXTambién se aprobó la reserva de la senadora de Morena, Martha Lucía Micher Camarena, en materia de paridad de género y lenguaje incluyente. 3sMpJDX Omnia.com.mx
3sMpJDXAnte ello, la senadora del PAN, Mayuli Latifa Martínez, presentó una reserva en referencia a no quitar el sonido a los legisladores en el uso de la palabra ni reconvenirlos en sus dichos. La propuesta fue rechazada. 3sMpJDX Omnia.com.mx
3sMpJDXCon 90 votos a favor y 17 en contra, los legisladores morenistas y aliados aprobaron el reglamento de la Comisión Permanente con el objetivo de regular el desarrollo de las sesiones plenarias presenciales y semipresenciales, sin embargo, al tener esas dos modificaciones, regresará a la Cámara de Diputados. 3sMpJDX Omnia.com.mx
3sMpJDXEl reglamento también establece que se celebrarán las sesiones de manera presencial o semipresencial, preferentemente los miércoles de cada semana. En caso de requerirlo, previo acuerdo con los representantes de los grupos parlamentarios, la Presidencia podrá convocar a sesiones en un día distinto o de manera urgente cuando exista algún asunto superveniente. 3sMpJDX Omnia.com.mx
3sMpJDXAdemás, de que fija que las sesiones comenzarán a las 11:00 horas y tendrán una duración máxima de cuatro horas, que podrá ampliarse a propuesta de la Presidencia y por acuerdo del Pleno, a fin de perfilar el desahogo de algún asunto en particular. 3sMpJDX Omnia.com.mx
3sMpJDXTambién, el dictamen especifica la presentación y discusión de los temas de agenda política, la Mesa Directiva garantizará la equidad y pluralidad con la participación de todos los grupos parlamentarios. 3sMpJDX Omnia.com.mx
3sMpJDXLos temas solo tendrán vigencia para la sesión en la que se registraron y no serán acumulables para sesiones posteriores. 3sMpJDX Omnia.com.mx
3sMpJDXCon información de proceso.com.mx3sMpJDX Omnia.com.mx
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada sobre violencia política por razón de generó a través de una nota periodística cometido en contra de la candidata a ministra de la Corte. Olivia Aguirre Bonilla.
Se confirma la multa de 11, 314 pesos por incurrir en violencia política contra las mujeres en razón de género, mediante la publicación de una nota, dirigida contra una candidata a ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el pasado 3 de abril de 2025, además se debe ofrecer y publicar una disculpa pública, así como tomar un curso especializado en promoción y protección de los derechos de las mujeres y la correspondiente inscripción en el registro nacional (SRE-PSC-29/2025).
El caso se centró en una nota que, según la denunciante, utilizó expresiones y un contexto sexualizante, incluyendo fotografías editadas y estereotipos de género, para construir una narrativa dañina.
La Sala Superior confirmó que la sala responsable aplicó correctamente la metodología para determinar la infracción, en contra de la nota al construir una narrativa sexualizante y utilizar estereotipos de género, trascienden los límites de la protección de la libertad de expresión.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada sobre violencia política por razón de generó a través de una nota periodística cometido en contra de la candidata a ministra de la Corte. Olivia Aguirre Bonilla.
Se confirma la multa de 11, 314 pesos por incurrir en violencia política contra las mujeres en razón de género, mediante la publicación de una nota, dirigida contra una candidata a ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el pasado 3 de abril de 2025, además se debe ofrecer y publicar una disculpa pública, así como tomar un curso especializado en promoción y protección de los derechos de las mujeres y la correspondiente inscripción en el registro nacional (SRE-PSC-29/2025).
El caso se centró en una nota que, según la denunciante, utilizó expresiones y un contexto sexualizante, incluyendo fotografías editadas y estereotipos de género, para construir una narrativa dañina.
La Sala Superior confirmó que la sala responsable aplicó correctamente la metodología para determinar la infracción, en contra de la nota al construir una narrativa sexualizante y utilizar estereotipos de género, trascienden los límites de la protección de la libertad de expresión.