6RIsUhtEl Barcelona cayó hoy sábado 24 de mayo ante el Arsenal (1-0) en la final de la Champions League femenil, por lo que las "gunners" logran su segunda orejona, tras la que obtuvieron en 2007.6RIsUht Omnia.com.mx
6RIsUhtLas catalanas no lograron imponer su futbol en todo el partido y la contienda se desniveló en el minuto 74 con un gol de Blackstenius cuando las españolas parecían dominar más. Lo intentaron en los minutos finales, pero el conjunto londinense supo defender ante el empuje barcelonista.6RIsUht Omnia.com.mx
6RIsUhtEl partido arrancó con presión alta por parte de las inglesas, que intentaban ahogar la salida de balón de las culés y, sobre todo, ponían especial empeño en que el esférico no llegara a Aitana Bonmatí, para que la mejor del mundo no se hiciera con el timón.6RIsUht Omnia.com.mx
6RIsUhtEl conjunto del Arsenal intentaba robar y llegar con verticalidad, como ocurrió en el minuto 11 con un centro al área pequeña que la australiana Foord remató alto de cabeza.6RIsUht Omnia.com.mx
6RIsUhtFue así como llegó la segunda orejona para el club inglés y el Barcelona se queda sin su tercera Champions al hilo.6RIsUht Omnia.com.mx
6RIsUhtFicha del partido 6RIsUht Omnia.com.mx
6RIsUht1 - Arsenal: Van Domselaar; Fox, Williamson, Catley, McCabe; Maanum (Blackstenius, min. 65), Little, Mariona Caldentey; Kelly (Mead, min. 65), Russo (Wubben, min. 91) y Foord (Hurtig, min. 85)6RIsUht Omnia.com.mx
6RIsUht0 - Barcelona: Cata Coll; Ona Batlle, Irene Paredes, Mapi León (Engen, min. 78), Fridolina Rolfö (Brugts, min. 78); Aitana Bonmatí, Patri Guijarro, Alexia Putellas; Caroline Graham Hansen, Ewa Pajor y Claudia Pina (Salma Palalluelo, min. 62).6RIsUht Omnia.com.mx
6RIsUhtGoles: 1-0, min. 74: Emma Blackstenius;6RIsUht Omnia.com.mx
6RIsUhtÁrbitra: Ivana Martincic (Croacia); amonestó a Kelly (min. 65) del Arsenal y a Irene Paredes (min. 75) del FC Barcelona.6RIsUht Omnia.com.mx
6RIsUhtEl Partido de la Final de la Champions femenina, se disputó en el Estadio José Alvalade de Lisboa con las gradas llenas.6RIsUht Omnia.com.mx
6RIsUhtCon información de Informador.mx6RIsUht Omnia.com.mx
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada sobre violencia política por razón de generó a través de una nota periodística cometido en contra de la candidata a ministra de la Corte. Olivia Aguirre Bonilla.
Se confirma la multa de 11, 314 pesos por incurrir en violencia política contra las mujeres en razón de género, mediante la publicación de una nota, dirigida contra una candidata a ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el pasado 3 de abril de 2025, además se debe ofrecer y publicar una disculpa pública, así como tomar un curso especializado en promoción y protección de los derechos de las mujeres y la correspondiente inscripción en el registro nacional (SRE-PSC-29/2025).
El caso se centró en una nota que, según la denunciante, utilizó expresiones y un contexto sexualizante, incluyendo fotografías editadas y estereotipos de género, para construir una narrativa dañina.
La Sala Superior confirmó que la sala responsable aplicó correctamente la metodología para determinar la infracción, en contra de la nota al construir una narrativa sexualizante y utilizar estereotipos de género, trascienden los límites de la protección de la libertad de expresión.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada sobre violencia política por razón de generó a través de una nota periodística cometido en contra de la candidata a ministra de la Corte. Olivia Aguirre Bonilla.
Se confirma la multa de 11, 314 pesos por incurrir en violencia política contra las mujeres en razón de género, mediante la publicación de una nota, dirigida contra una candidata a ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el pasado 3 de abril de 2025, además se debe ofrecer y publicar una disculpa pública, así como tomar un curso especializado en promoción y protección de los derechos de las mujeres y la correspondiente inscripción en el registro nacional (SRE-PSC-29/2025).
El caso se centró en una nota que, según la denunciante, utilizó expresiones y un contexto sexualizante, incluyendo fotografías editadas y estereotipos de género, para construir una narrativa dañina.
La Sala Superior confirmó que la sala responsable aplicó correctamente la metodología para determinar la infracción, en contra de la nota al construir una narrativa sexualizante y utilizar estereotipos de género, trascienden los límites de la protección de la libertad de expresión.