Diputados locales reforman leyes en materia de muerte perinatal y neonatal; así como de atención materno-infantil

Diputados locales de Chihuahua, reformaron diversas disposiciones de la Ley Estatal de Salud, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación, de y la Ley para la Protección, Apoyo y Promoción a la Lactancia Materna, en materia de muerte perinatal y neonatal; así como de atención materno-infantil.

En el mismo sentido, enviaron un exhorto a la Secretaría de Salud del Gobierno Federal, para que, se fortalezca la capacitación del personal de salud, a fin de proporcionar una atención integral, ética, respetuosa y humana, en los casos de muerte fetal y perinatal y; al Congreso de la Unión, para que, legisle en favor de las y los trabajadores estableciendo en la Ley Federal del Trabajo, los permisos laborales con goce de sueldo en casos de duelo por muerte fetal o perinatal.

En el interés de dimensionar la situación respecto a la muerte fetal, la diputada Yesenia Guadalupe Reyes Calzadías, en representación de la Comisión de Salud, dio a conocer que, según datos del reporte “Estadísticas de Defunciones Fetales (EDF) 2023”, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI): 

1. Durante 2023, en México se registraron 23 541 muertes fetales. Estas correspondieron a una tasa nacional de 67.5 por cada 100 mil mujeres en edad fértil. 

2. Del total de muertes fetales, 81.7% ocurrió antes del parto, 17.2% sucedió durante el parto y en 1.1% de los casos no se especificó el momento.

3. Las entidades federativas que presentaron las tasas más altas fueron: San Luis Potosí, con 92.8; Durango, con 91.1 y el estado de México, con 89.0.

4. Chihuahua ocupa el lugar número 11 a nivel nacional, con 705 defunciones fetales registradas.

 

En razón de ello y con el objetivo de incrementar los esfuerzos en la materia y dar un renovado impulso al fortalecimiento de las políticas públicas para satisfacer de manera más equitativa las necesidades de salud materno-infantil de la población en nuestro estado, garantizando la protección integral de las mujeres que atraviesan situaciones de duelo fetal o perinatal, y reduciendo los contrastes sociales y psicológicos que se presentan en estos casos, es que se llevan a cabo las siguientes reformas: 

 

Se adicionan a los artículos 67, la fracción IX; y al 70, un cuarto y quinto párrafos, ambos de la Ley Estatal de Salud, para quedar redactados de la siguiente manera:  

 

Artículo 67. …

 

I. a VIII. … 

 

IX. La realización periódica de actividades de sensibilización y difusión, respecto de la muerte perinatal y neonatal. 

 

Artículo 70. ...

 

Además, se les brindará información pertinente, oportuna y veraz, acerca de los procesos de inhibición fisiológica o farmacológica de la lactancia, y en su caso, la posibilidad de donar la leche materna. 

 

Las autoridades sanitarias de acuerdo con su disponibilidad presupuestaria, capacitarán al personal de salud para abordar integralmente, con sentido ético, respetuoso y humanitario, la muerte perinatal y neonatal.

 

Se adiciona al artículo 18, la fracción XX, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Chihuahua, para quedar redactado de la siguiente manera:  

 

Artículo 18. ...

 

I. a XIX. …

 

XX. Derecho a la lactancia materna y al acceso a leche materna, en condiciones de igualdad.

 

Se reforma el artículo 9, fracción XLIII; y se le adiciona la fracción XLIV, de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Estado de Chihuahua, para quedar de la siguiente manera:  

 

Artículo 9. ...

 

I. a XLII. …

 

XLIII. Restringir o negar la información y la atención en casos de muerte perinatal y neonatal.

 

XLIV.       En general, cualquier otra conducta discriminatoria en términos del artículo 4 de esta Ley.

 

Se deroga del artículo 14, fracción XIII, el inciso a), de la Ley para la Protección, Apoyo y Promoción a la Lactancia Materna del Estado de Chihuahua.

 

Las iniciativas corresponden a diputadas y diputados integrantes de los grupos parlamentario de MORENA y Partido Acción Nacional.

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Confirma Sala Superior del TEPJF violencia política de nota periodística en Chihuahua contra candidata a ministra de la Corte

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada sobre violencia política por razón de generó a través de una nota periodística cometido en contra de la candidata a ministra de la Corte.  Olivia Aguirre Bonilla.

Se confirma la multa de 11, 314 pesos  por incurrir en violencia política contra las mujeres en razón de género, mediante la publicación de una nota, dirigida contra una candidata a ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el pasado 3 de abril de 2025, además se debe ofrecer y publicar una disculpa pública, así como tomar un curso especializado en promoción y protección de los derechos de las mujeres y la correspondiente inscripción en el registro nacional (SRE-PSC-29/2025).

El caso se centró en una nota que, según la denunciante, utilizó expresiones y un contexto sexualizante, incluyendo fotografías editadas y estereotipos de género, para construir una narrativa dañina.

La Sala Superior confirmó que la sala responsable aplicó correctamente la metodología para determinar la infracción, en contra de la nota al construir una narrativa sexualizante y utilizar estereotipos de género, trascienden los límites de la protección de la libertad de expresión.

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